{"id":3613,"date":"2022-04-13T16:38:14","date_gmt":"2022-04-13T16:38:14","guid":{"rendered":"https:\/\/david-obando.com\/gabriela\/?p=3613"},"modified":"2024-02-10T11:12:49","modified_gmt":"2024-02-10T11:12:49","slug":"alcance-del-articulo-132-del-codigo-organico-administrativo","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/david-obando.com\/gabriela\/alcance-del-articulo-132-del-codigo-organico-administrativo\/","title":{"rendered":"Alcance del Art\u00edculo 132 del C\u00f3digo Org\u00e1nico Administrativo"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: justify;\">Dentro del cap\u00edtulo VI de la autotutela de la legalidad y de la correcci\u00f3n de los actos del t\u00edtulo II de la Actividad de las Administraciones P\u00fablicas del libro I de las Personas y las Administraciones P\u00fablicas del C\u00f3digo Org\u00e1nico Administrativo tenemos al Art. 132 que establece que el acto administrativo nulo puede ser anulado por la m\u00e1xima autoridad administrativa, en cualquier momento, a iniciativa propia o por insinuaci\u00f3n de persona interesada y el tr\u00e1mite aplicable es el Procedimiento Administrativo. Ahora bien, tenemos que establecer que es un acto administrativo seg\u00fan el C\u00f3digo Org\u00e1nico Administrativo entendido como la declaraci\u00f3n de la voluntad realizada por la administraci\u00f3n en ejercicio de una potestad administrativa distinta a la potestad reglamentaria que produce efectos jur\u00eddicos individuales o generales de forma directa y siempre que se agote con su cumplimiento; as\u00ed lo determina el Art. 98 del mencionado C\u00f3digo. No debemos confundir los Actos Administrativos ni con Potestad Reglamentaria ni mucho menos con un acto normativo. Es aqu\u00ed que es pertinente recordar el art\u00edculo 425 de la Constituci\u00f3n de la Rep\u00fablica del Ecuador, mismo que establece el orden jer\u00e1rquico de aplicaci\u00f3n de las normas: Constituci\u00f3n, tratados y convenios internacionales, leyes org\u00e1nicas, leyes ordinarias, normas regionales y ordenanzas distritales, decretos y reglamentos, ordenanzas, acuerdos y resoluciones, y los dem\u00e1s actos y decisiones de los poderes p\u00fablicos. Tenemos esta distinci\u00f3n de normas porque su alcance, sus efectos, su alcance, su aplicaci\u00f3n e incluso su forma de creaci\u00f3n, var\u00eda unas de otras. Por ejemplo no podemos confundir a un acto administrativo con un Acuerdo Ministerial, ya que, por su naturaleza, un Acuerdo Ministerial constituye un acto normativo.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Es necesario mencionar, que un error t\u00e9cnico jur\u00eddico com\u00fan en la administraci\u00f3n p\u00fablica ecuatoriana, es la utilizaci\u00f3n de Acuerdos Ministeriales con el objeto de dictar actos administrativos. Este error que se debe a la mera aplicaci\u00f3n de la costumbre procesal, dista de la correcta aplicaci\u00f3n de la ley, y puede constituirse en una grave afectaci\u00f3n a los derechos del administrado. En este sentido, el uso de Acuerdos Ministeriales para dictar actos administrativos, obstaculiza el derecho del administrado a interponer los recursos administrativos de apelaci\u00f3n y de revisi\u00f3n ante autoridad superior, conforme lo prev\u00e9 el Art. 219 del C\u00f3digo Org\u00e1nico Administrativo. Es precisamente en estos casos en los que la Administraci\u00f3n P\u00fablica puede aplicar el Art. 132 del C\u00f3digo Org\u00e1nico Administrativo a su favor, cuando por medio de Acuerdos Ministeriales se expidieron Actos Administrativos, se genera una nulidad procesal y una limitaci\u00f3n al derecho de los administrados a impugnar las actuaciones p\u00fablicas. Estos actos, por tanto, carecer\u00edan de validez jur\u00eddica porque su creaci\u00f3n fue la incorrecta. La nulidad de un acto administrativo se evidencia con vicios de la voluntad como por ejemplo error, fuerza o dolo. Tambi\u00e9n por incompetencia de la Administraci\u00f3n para la emisi\u00f3n de actos administrativos, por incompetencia territorial, por razones de materia o de grados \u00e9stos pueden ser nulos. Y finalmente pueden ser nulos los actos administrativos por incapacidad ya sea porque la autoridad competente no tenga las prerrogativas o competencias para emitir ese acto. En todos los casos anteriores la administraci\u00f3n p\u00fablica se encuentra en la obligaci\u00f3n de subsanar los errores cometidos en virtud del art\u00edculo estudiado para subsanar esos errores, por lo que puede hacerlo de oficio. Supongamos que a pesar de que la Ley de Servicio P\u00fablico manda que un funcionario p\u00fablico tiene derecho a dos a\u00f1os de licencia por estudios, una entidad p\u00fablica como por ejemplo un Ministerio, le niegue ese derecho, y el funcionario p\u00fablico se ve forzado a renunciar dejando por sentado en su escrito de renuncia que se vio forzado a hacerlo. En este caso, no solo existe una vulneraci\u00f3n del derecho del funcionario p\u00fablico a capacitarse, el cual est\u00e1 garantizado en la Constituci\u00f3n y en la LOSEP, sino que la entidad p\u00fablica (Ministerio) que decide aceptar la renuncia a trav\u00e9s de un acuerdo ministerial, cae en una evidente nulidad, tanto por actuar en contra de norma expresa, como por emitir un acto administrativo con un vicio, debido a que la autoridad competente que debe resolver sobre temas relativos a licencias o permisos de los funcionarios p\u00fablicos es la autoridad nominadora; es decir, la oficina encargada de la administraci\u00f3n de recursos humanos. Dicha oficina, tambi\u00e9n debi\u00f3 autorizar, mediante un acto administrativo o acci\u00f3n de personal, la solicitud de licencia por estudios de dicho funcionario, en caso de contar con un dictamen favorable para esos efectos. En estricto sentido de ley, este tipo de solicitudes no deber\u00edan ser resueltas por la m\u00e1xima autoridad por medio de una norma jur\u00eddica equ\u00edvoca, mal usada y que es nula, ya que se perjudica toda posibilidad del administrado de impugnar la decisi\u00f3n de la autoridad nominadora y peor a\u00fan lo deja en desventaja al jerarquizar un acto administrativo como un Acuerdo Ministerial. No puede la administraci\u00f3n p\u00fablica alegar que por costumbre las acciones de personal se las resuelve por medio de Acuerdo Ministerial, perjudicando a los ciudadanos al dejarlos sin los recursos administrativos respectivos para apelar esas actuaciones administrativas que deben ser por medio de actos administrativos.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Ahora, supongamos que esta actuaci\u00f3n de la administraci\u00f3n p\u00fablica fue emitida en una administraci\u00f3n anterior y la actual administraci\u00f3n o la actual autoridad de la cartera de Estado conoce el caso y tiene la voluntad administrativa de remediarlo, pues la Administraci\u00f3n P\u00fablica, en este caso concreto, est\u00e1 en la obligaci\u00f3n y tiene la potestad de hacerlo. \u00bfC\u00f3mo hacerlo? Pues el art\u00edculo 132 del C\u00f3digo Org\u00e1nico Administrativo establece que el tr\u00e1mite para la revisi\u00f3n de los actos administrativos nulos es el Procedimiento Administrativo adecuado. Se entiende entonces que esto se aplicar\u00e1 cuando el administrado sea el que solicite la revisi\u00f3n de los actos administrativos nulos o de oficio. Es \u00fatil mencionar que el Procedimiento Administrativo que se hace alusi\u00f3n es aquel que tiene varias etapas; la notificaci\u00f3n, la actuaci\u00f3n de la prueba, la resoluci\u00f3n junto con las respectivas impugnaciones y su ejecuci\u00f3n. A \u00e9stas etapas les anteceden, unas excepciones determinadas como previas. Por el contrario, cuando la Administraci\u00f3n en virtud de su prerrogativa de autotutela lo har\u00e1 de oficio. Finalmente, para terminar este breve an\u00e1lisis del Art\u00edculo 132 del C\u00f3digo Org\u00e1nico. Administrativo, es necesario precisar el \u00faltimo inciso del mismo que establece la caducidad del procedimiento administrativo de 2 meses contados al d\u00eda siguiente que inicia el procedimiento administrativo, en caso de no dictarse acto administrativo al respecto. Se entiende tambi\u00e9n que esta caducidad opera \u00fanicamente cuando quien solicita la revisi\u00f3n del acto administrativo nulo es el administrado, excluyendo evidentemente a la administraci\u00f3n p\u00fablica para el efecto. Finalmente \u00bfOpera la caducidad cuando se revisen actos nulos en ejercicio de la autotutela de la Administraci\u00f3n P\u00fablica en 2 meses despu\u00e9s de iniciado el procedimiento administrativo y no se dicte acto administrativo al respecto?<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Dentro del cap\u00edtulo VI de la autotutela de la legalidad y de la correcci\u00f3n de los actos del t\u00edtulo II de la Actividad de las Administraciones P\u00fablicas del libro I de las Personas y las Administraciones P\u00fablicas del C\u00f3digo Org\u00e1nico Administrativo tenemos al Art. 132 que establece que el acto administrativo nulo puede ser anulado [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":3612,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[45],"tags":[49],"class_list":["post-3613","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-legal","tag-legal"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/david-obando.com\/gabriela\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/3613","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/david-obando.com\/gabriela\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/david-obando.com\/gabriela\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/david-obando.com\/gabriela\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/david-obando.com\/gabriela\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=3613"}],"version-history":[{"count":2,"href":"https:\/\/david-obando.com\/gabriela\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/3613\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":3615,"href":"https:\/\/david-obando.com\/gabriela\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/3613\/revisions\/3615"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/david-obando.com\/gabriela\/wp-json\/wp\/v2\/media\/3612"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/david-obando.com\/gabriela\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=3613"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/david-obando.com\/gabriela\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=3613"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/david-obando.com\/gabriela\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=3613"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}